Datos de la institución

M. DE DEFENSA

Datos de la institución Fecha relevamiento:   Diciembre 2016   

Logo:

Nombre completo:

M. DE DEFENSA

Normativa Creación:

Sin Datos

Fecha de creación:

31/12/2015 12:00:00 a.m.

Autoridad en el cargo:

MARTÍNEZ, Julio César

Fecha desde la que está en el cargo:

10/12/2015

Recursos Humanos:

Sin Datos

Presupuesto asignado:

Sin Datos

Clasificación funcional:

SEGURIDAD Y DEFENSA

Cantidad de organismos dependientes de ella:

3

Cantidad de cargos políticos:

Sin Datos

Cant. de Organismos Descentralizados/Inst. de Seg Soc. u Otros Entes:

Sin Datos

Cantidad de Empresas Públicas:

Sin Datos

Cantidad de Fondos Fiduciarios:

Sin Datos


Información de la autoridad en el cargo:


Foto:

Nombre:

MARTÍNEZ, Julio César

Profesión:

ING.

Fecha Ingreso Efectiva

10/12/2015

Normativa de designación:

Fecha de publicación en el BO:

11/12/2015

Información institucional:


Fecha de creación:

31/12/2015

Normativa Creación:

Sin Datos

Recursos humanos

Sin Datos

Cargos Políticos

Sin Datos

Organismos descentralizados que dependen de él

Sin Datos

Fondos Fiduciarios:

Sin Datos

Normativa de estructura:

Mision, objetivo:

"Compete al MINISTERIO DE DEFENSA asistir al Presidente de la Nación, y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la defensa nacional y las relaciones con las Fuerzas Armadas dentro del marco institucional vigente, y en particular: 1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. 2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. 3. Entender en la determinación de los requerimientos de la defensa nacional. 4. Entender en la elaboración del presupuesto de las Fuerzas Armadas y en la coordinación y distribución de los créditos correspondientes. 5. Entender en la coordinación de las actividades logísticas de las Fuerzas Armadas en todo lo relativo al abastecimiento, normalización, catalogación y clasificación de efectos y las emergentes del planeamiento militar conjunto. 6. Intervenir en la planificación, dirección y ejecución de las actividades de investigación y desarrollo de interés para la defensa nacional. 7. Entender en la formulación de la política de movilización y Plan de Movilización Nacional, para el caso de guerra y su ejecución. 8. Entender en el registro, clasificación y distribución del potencial humano destinado a la reserva de las Fuerzas Armadas y en el fomento de las actividades y aptitudes de interés para la defensa. 9. Entender en las actividades concernientes a la Inteligencia de Estratégica Militar, conforme lo establecido en la Ley N° 25.520. 10. Entender en la coordinación de los aspectos comunes a las Fuerzas Armadas, especialmente en los ámbitos administrativo, legal y logístico. 11. Coordinar juntamente con el MINISTERIO DE SEGURIDAD los aspectos comunes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad. 12. Entender en la determinación de la integración de los contingentes que se envíen al exterior para componer fuerzas de mantenimiento de la paz. 13. Entender en la dirección de los organismos conjuntos de las Fuerzas Armadas puestos bajo su dependencia. 14. Intervenir en la proposición de los nombramientos para los cargos superiores de los organismos conjuntos que le están subordinados. 15. Entender en la administración de justicia y disciplina militar, a través de tribunales que de él dependen. 16. Entender en la propuesta de efectivos de las Fuerzas Armadas y su distribución. 17. Participar en la planificación, dirección y ejecución de las actividades productivas en las cuales resulte conveniente la participación del Estado por ser de interés para la defensa nacional. 18. Entender en los estudios y trabajos técnicos y en la formulación y ejecución de las políticas nacionales en lo que hace específicamente a la defensa nacional. 19. Intervenir en la definición de políticas relativas a las actividades productivas que integran el sistema de producción para la defensa. 20. Entender en la elaboración y propuesta de los planes tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional en las áreas de frontera, así como su dirección y ejecución. 21. Entender conjuntamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la planificación, dirección y ejecución de la actividad antártica. 22. Entender en el planeamiento militar conjunto, la determinación de los requerimientos provenientes del mismo y la fiscalización de su cumplimiento. 23. Entender en la formulación y aplicación de los principios y normas para el funcionamiento y empleo de las Fuerzas Armadas. 24. Entender en el registro, habilitación, fiscalización y dirección técnica de los actos y actividades vinculadas a la navegación por agua y aire en cuanto sean de su jurisdicción. 25. Entender en la coordinación y despliegue de las fuerzas armadas en situaciones de emergencias o desastres que se produzcan en el territorio de la Nación. 26. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de los planes y coordinación logística tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional para garantizar de modo permanente la integridad territorial de la Nación."