Datos de la institución

SEC. DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

Datos de la institución Fecha relevamiento:   Diciembre 2016   

Nombre completo:

SEC. DE RECURSOS HIDROCARBURÍFEROS

Autoridad en el cargo:

SUREDA, José Luis

Fecha desde la que está en el cargo:

29/12/2015

Clasificación funcional:

DESARROLLO ECONÓMICO

Página web

Sin Datos


Información de la autoridad en el cargo:


Foto:

Nombre:

SUREDA, José Luis

Profesión:

ING.

Fecha Ingreso Efectiva

29/12/2015

Normativa de designación:

Fecha de publicación en el BO:

04/01/2016

Información institucional:


Fecha de creación:

31/12/2015

Normativa de estructura:

Mision, objetivo:

"1. Asistir en la elaboración de la política nacional de hidrocarburos y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución, en coordinación con las demás áreas competentes, e intervenir en el control de la ejecución. 2. Asistir en el estudio y análisis del comportamiento del mercado desregulado de hidrocarburos, promoviendo políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos. 3. Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también en los procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia. 4. Asistir en la promoción y supervisión de la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar las demás acciones de control y fiscalización, previstas para la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 17.319 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 44/91 y ejercer el poder de policía en materia de gas envasado. 5. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área. 6. Asistir en la resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra actos de los Entes Reguladores, cuando éstos tengan una vinculación funcional con el área. 7. Adoptar, en el ámbito de su competencia, acciones tendientes a aplicar la política sectorial teniendo en mira el interés general, la explotación racional de los recursos y la preservación del ambiente. 8. Asistir, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución, coordinando acciones con los organismos crediticios internacionales. 9. Administrar los registros y sistemas de información que correspondan a la competencia del Estado Nacional con relación a las actividades de exploración, producción, transporte, refinación y comercialización de hidrocarburos. 10. Asistir al Ministro de Energía y Minería en el ejercicio de las atribuciones de autoridad de aplicación de la normativa de hidrocarburos y del marco regulatorio del gas natural, así como las que correspondan a los derechos derivados de las acciones de titularidad del Estado Nacional - Ministerio de Energía y Minería en las sociedades con actividad en el sector de hidrocarburos, y realizar los actos que aquél le delegue para el ejercicio de dichas atribuciones."