Datos de la institución Fecha relevamiento: Diciembre 2016
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Nombre completo:
M. DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Normativa Creación:
Sin Datos
Fecha de creación:
31/12/2015 12:00:00 a.m.
Autoridad en el cargo:
TRIACA, Alberto Jorge
Fecha desde la que está en el cargo:
10/12/2015
Recursos Humanos:
Sin Datos
Presupuesto asignado:
Sin Datos
Clasificación funcional:
DESARROLLO SOCIAL
Cantidad de organismos dependientes de ella:
3
Cantidad de cargos políticos:
Sin Datos
Cant. de Organismos Descentralizados/Inst. de Seg Soc. u Otros Entes:
Sin Datos
Cantidad de Empresas Públicas:
Sin Datos
Cantidad de Fondos Fiduciarios:
Sin Datos
Página web
Información de la autoridad en el cargo:
Foto:

Nombre:
TRIACA, Alberto Jorge
Profesión:
LIC.Fecha Ingreso Efectiva
10/12/2015
Normativa de designación:
Fecha de publicación en el BO:
11/12/2015
Información institucional:
Fecha de creación:
31/12/2015
Normativa Creación:
Sin Datos
Recursos humanos
Sin Datos
Cargos Políticos
Sin Datos
Organismos descentralizados que dependen de él
Sin Datos
Fondos Fiduciarios:
Sin Datos
Entidades Dependientes
- SEC. DE TRABAJO
- SEC. DE SEGURIDAD SOCIAL
- SEC. DE EMPLEO
- SS. DE COORDINACIÓN
- SS. DE PROGRAMACIÓN TÉCNICA Y ESTUDIOS LABORALES
- SS. DE PLANIFICACIÓN DE POLÍTICAS SOCIO LABORALES
- Superintendencia De Riesgos Del Trabajo (SRT)
- ADM. NAC. DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
- REG. NAC. DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA)
Mision, objetivo:
"Compete al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a las relaciones y condiciones individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de trabajadores y empleadores, al empleo y la capacitación laboral, a la seguridad social y, en particular: 1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. 2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. 3. Entender en la promoción, regulación y fiscalización del cumplimiento de los derechos fundamentales de los trabajadores, en especial la libertad sindical, la negociación colectiva, la igualdad en las oportunidades y de trato y la eliminación del trabajo forzoso y del infantil. 4. Entender en todo lo relativo al régimen de contrato de trabajo y demás normas de protección del trabajo. 5. Entender en lo relativo a las negociaciones y convenciones colectivas de trabajo en el territorio de la Nación. 6. Entender en el tratamiento de los conflictos individuales y colectivos de trabajo, ejerciendo facultades de conciliación, mediación y arbitraje, con arreglo a las respectivas normas particulares. 7. Entender en la aplicación de las normas legales relativas a la constitución y funcionamiento de las asociaciones profesionales y de trabajadores y en la organización del registro de las asociaciones de empleadores en el territorio de la Nación. 8. Entender en el ejercicio del poder de policía en el orden laboral como autoridad central y de Superintendencia de la Inspección del Trabajo y coordinar las políticas y los planes nacionales de fiscalización y en especial los relativos al control del empleo no registrado. 9. Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de trabajo de menores, discapacitados y otros grupos especiales de trabajadores. 10. Entender en la igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo y en el trabajo, así como la protección de la maternidad. 11. Entender en la elaboración, organización, aplicación y fiscalización de los regímenes de trabajo portuario y del transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y otros regímenes especiales de trabajo. 12. Entender en la elaboración y fiscalización de las normas generales y particulares referidas a higiene, salud, seguridad y a los lugares o ambientes donde se desarrollan las tareas en el territorio de la Nación. 13. Entender en la elaboración y ejecución de las pautas que orienten la política salarial del sector privado e intervenir en la fijación de las del sector público nacional. 14. Intervenir en lo relativo a las políticas y acciones tendientes a incrementar la productividad del trabajo y su equitativa distribución. 15. Intervenir en la coordinación y armonización de los planes de empleo con los planes económicos. 16. Entender en el funcionamiento de los servicios públicos y privados de empleo en el orden nacional, y promover su coordinación en los ámbitos provinciales y municipales. 17. Entender en la formulación de políticas, el diseño de instrumentación y la gestión de financiamiento destinado a programas de empleo y capacitación laboral. 18. Entender en la definición de los criterios de asignación de recursos financieros para programas de empleo y capacitación laboral y, en la reglamentación, control y auditoría de dichos programas descentralizados a las provincias y municipios. 19. Entender en la formulación y gestión de políticas vinculadas al sector social de la economía, tales como la promoción de incubadoras de microempresas, desarrollo de proyectos microempresarios y de pequeñas unidades productivas; asistencia técnica y formación de recursos afectados a ésta. 20. Entender en la formulación, gestión, supervisión y auditorías de planes y políticas relacionados con la capacitación laboral, preferentemente aplicando criterios de descentralización, en el marco de una política de promoción del desarrollo local. 21. Intervenir en la vinculación entre el empleo, la capacitación laboral, la producción y la tecnología. 22. Intervenir en la elaboración de las políticas de migraciones laborales internas y externas. 23. Entender en la determinación de los objetivos y políticas de la seguridad social y en la elaboración, ejecución y fiscalización de programas y regímenes integrados de seguridad social en materia de riesgos del trabajo, maternidad, vejez, invalidez, muerte, cargas de familia, desempleo y otras contingencias de carácter social. 24. Entender en la aprobación de los convenios entre los organismos competentes de la seguridad social y asociaciones sindicales de trabajadores y de empleadores. 25. Entender en la armonización y coordinación del Sistema Previsional con los regímenes provinciales, municipales, de profesionales y de estados extranjeros, así como en la administración y supervisión de los sistemas de complementación previsional cualquiera fuera la normativa de creación. 26. Entender en la aplicación de las normas de derecho internacional público y privado del trabajo e intervenir en su elaboración y en los aspectos laborales de los procesos de integración y coordinar las acciones en materia de trabajo, empleo, capacitación laboral y seguridad social con los organismos internacionales. 27. Intervenir en la definición de contenidos y el diseño de los censos y encuestas que realizan los organismos oficiales, en lo referente al trabajo, al empleo, la capacitación laboral, los ingresos y la seguridad social. 28. Entender en la elaboración de estadísticas, estudios y encuestas que proporcionen un mejor conocimiento de la problemática del trabajo, del empleo, la capacitación laboral, los ingresos y la seguridad social."