Datos de la institución

M. DE ENERGÍA Y MINERÍA

Datos de la institución Fecha relevamiento:   Diciembre 2016   

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Nombre completo:

M. DE ENERGÍA Y MINERÍA

Normativa Creación:

Fecha de creación:

31/12/2015 12:00:00 a.m.

Autoridad en el cargo:

ARANGUREN, Juan José

Fecha desde la que está en el cargo:

10/12/2015

Recursos Humanos:

Sin Datos

Presupuesto asignado:

Sin Datos

Clasificación funcional:

DESARROLLO ECONÓMICO

Cantidad de organismos dependientes de ella:

4

Cantidad de cargos políticos:

Sin Datos

Cant. de Organismos Descentralizados/Inst. de Seg Soc. u Otros Entes:

Sin Datos

Cantidad de Empresas Públicas:

Sin Datos

Cantidad de Fondos Fiduciarios:

Sin Datos


Información de la autoridad en el cargo:


Foto:

Nombre:

ARANGUREN, Juan José

Profesión:

ING.

Fecha Ingreso Efectiva

10/12/2015

Normativa de designación:

Fecha de publicación en el BO:

11/12/2015

Información institucional:


Fecha de creación:

31/12/2015

Normativa Creación:

Recursos humanos

Sin Datos

Cargos Políticos

Sin Datos

Organismos descentralizados que dependen de él

Sin Datos

Fondos Fiduciarios:

Sin Datos

Normativa de estructura:

Mision, objetivo:

"Compete al MINISTERIO DE ENERGÍA y MINERÍA asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía y minería, y en particular: 1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia. 2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL. 3. Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas mineras de la Nación, tendiendo al aprovechamiento, uso racional y desarrollo de los recursos geológicos mineros. 4. Entender en la elaboración, ejecución y fiscalización relativas a la explotación y catastro minero. 5. Entender en la normalización y control de calidad de la producción minera. 6. Intervenir en la elaboración y en la ejecución de la política energética nacional. 7. Entender en la elaboración y fiscalización del régimen de combustibles y en la fijación de sus precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas. 8. Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia. 9. Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en las áreas de su competencia. 10. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles en las áreas de su competencia. 11. Entender en la elaboración de las políticas y normas de regulación de los servicios públicos del área de su competencia, en la supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios de obra o de servicios públicos. 12. Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas por el Estado Nacional o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia. 13. Ejercer, en el ámbito de su competencia, facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o dadas en concesión en el área de su competencia, así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes, y entender en los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las mismas. 14. Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia. 15. Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del Estado Nacional en la Ley N° 27.007. 16. Participar en la administración de las participaciones del Estado en las sociedades y empresas con actividad en el área de su competencia. 17. Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de su competencia."