Datos de la institución Fecha relevamiento: Diciembre 2016
Logo:
Nombre completo:
TRIBUNAL DE TASACIÓN DE LA NACIÓN
Fecha de creación:
25/08/1977 12:00:00 a.m.
Autoridad en el cargo:
MARTÍN, Daniel Eduardo
Fecha desde la que está en el cargo:
Sin Datos
Recursos Humanos:
Sin Datos
Presupuesto asignado:
Sin Datos
Clasificación funcional:
DESARROLLO ECONÓMICO
Página web
Información de la autoridad en el cargo:
Foto:
Nombre:
MARTÍN, Daniel Eduardo
Profesión:
ING.Fecha Ingreso Efectiva
Sin Datos
Normativa de designación:
Sin Datos
Fecha de publicación en el BO:
Sin Datos
Información institucional:
Fecha de creación:
25/08/1977
Recursos humanos
Sin Datos
Entidades Dependientes
Sin Datos
Normativa de estructura:
Sin Datos
Mision, objetivo:
a) Tasar los bienes muebles e inmuebles sujetos a expropiación y dictaminar acerca de su valor en los casos previstos en la ley N° 21.499. b) Tasar los bienes inmuebles que proyecten adquirir, enajenar o locar el Gobierno Nacional, sus entidades descentralizadas, autárquicas y todas aquellas organizaciones empresariales donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias. c) Practicar la valuación contable de la totalidad de los bienes inmuebles de dominio público y privado a cargo de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional, en virtud de lo dispuesto por la Ley de Administración Financiera y Control de Gestión N° 24.156. d) Practicar tasaciones sobre todo tipo de bienes que le sean requeridas por organismos nacionales, binacionales o multinacionales de las cuales el Estado Nacional sea parte, provinciales o municipales, cualquiera sea la forma jurídica adoptada. e) Practicar tasaciones de bienes muebles e inmuebles en juicios, cualquiera sea la materia y la jurisdicción, a propuesta de las partes o por designación de oficio. f) Practicar las tasaciones que le sean requeridas por cualquier persona física o jurídica. g) Constituirse en tribunal arbitral en carácter de mediador o participar como árbitro, a los fines de solucionar conflictos suscitados sobre bienes muebles e inmuebles, a instancia del Poder Judicial o del Secretario de Estado del área de la cual dependa el Tribunal de Tasaciones de la Nación.